Reflexiones jurídicas y comentarios sobre la propuesta de iniciativa de ley "Servicios de Seguridad Privada"
El Congreso de la República como principal del orden jurídico está obligado a considerar “la realidad social y las transformaciones que la misma impone, so pena de consagrar la congelación del ordenamiento jurídico...” (Corte de Constitucionalidad, 1991: Exp 364-90); asimismo, comparte con el Organismo Ejecutivo la responsabilidad de brindar a la población la seguridad de su vida y bienes.Actualmente la legislación que regula los servicios de seguridad privada –SSP- es dispersa, no posee estructura unitaria y sistémica, lo cual produce lagunas legales y desfases propios de una legislación positiva que pierde vigencia, pues ha sido superada por la evolución del sector de servicios de seguridad privada. En razón de esa realidad y transformación social, se legitima y justifica la sanción de una ley especial que regule los SSP.